Terminos de parentesco
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¿Alguna vez has tenido que pedir un permiso en el trabajo a causa de la enfermedad o fallecimiento de un pariente? Casi todos nos hemos visto en una situación así y muchos nos hemos preguntado cuanto nos «tocaba» por nuestra abuela, nuestro cónyuge o el suegro.

A muchos les sorprende que tenga mas «valor» la enfermedad de un suegro que la de un hermano, pero todo se debe al sistema utilizado para calcular los grados de parentesco. Segun este sistema, para empezar, no hay diferencia entre la afinidad y la cosanguinidad. Y luego hay que tener en cuenta que yo y mi conyuge contabilizamos al mismo nivel y no hay en realidad un parentesco entre nosotros. Por tanto, nuestros padres politicos (afinidad) son equivalentes a nuestros padres de verdad (cosanguinidad).

A partir de ahi, imagínate un arbol genealógico en el que estais toda la parentela. Ahora tienes que ir desplazándote por las lineas de casilla en casilla como si de un juego de mesa se tratara. Cada línea que recorres es un grado.

¿Que grado de parentesco tendré con mi madre? Pues un grado de cosanguinidad.  ¿Y con mi suegra?. Dado que nos saltamos a mi pareja porque somos -como diría el cura- «una sola carne», a efectos burocráticos su madre seria la mía. Es decir, un grado.

Ahora veamos los hermanos. No podemos saltar a la casilla contigua sin pasar por la línea y por el camino tenemos a mamá y papá. El recorrido sería: yo, mamá o papá y desde ahí saltariamos a nuestros hermanos. Total: dos grados.

Como nuestros suegros son como nuestros padres, nuestros cuñados serían como nuestros hermanos y la separación seria la misma pero en grados de afinidad.

Aqui viene lo curioso. Al pedir un permiso para ir a ver a nuestra abuela al hospital, nos encontramos con que hay dos grados (Yo-mamá-abuela), por lo que el sistema considera menos importante a nuestra abuela cosanguínea que a nuestra madre por afinidad (suegra). Y por mucho que queramos a la suegra…una abuela es una abuela ¿No?

A lo mejor quereis presentar uan ILP* para implantar el sistema del derecho canónico que hasta el siglo XX se aplicó a las dispensas matrimoniales. Está basado en el derecho germánico y por decirlo de alguna manera separa a los parientes por grupos familiares.

Se parece al otro en que yo y mi pareja somos una sola persona. A partir de ahi, el primer grado lo constituyen, además de nuestros hijos,  nuestros padres con sus hijos (nuestros hermanos); el segundo, nuestros abuelos con sus hijos (nuestros tíos) y los hijos de estos (primos). Y así sucesivamente.

En realidad es el más parecido al esquema que utilizan los antropólogos en el que hay parientes primarios, secundarios, terciarios…

CANONICO GERMANICO Grado I Padres, hermanos, hijos (politicos y por cosanguinidad)

ANTROPOLOGIA: Primarios: Padres, hermanos, hijos (idem)

CANONICO GERMANICO Grado II Abuelos, tios, primos

ANTROPOLOGIA: Secundarios: Abuelos, tios. Padrastros, madrastras y medio hermanos.

Yo creo que me quedo con el canónico germánico o el esquema antropológico. ¿Alguien se apunta a la ILP?

* ILP: Iniciativa Legislativa Popular

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